La tutela laboral de los funcionarios públicos es un recurso al que podrás optar en caso de encontrarte en una situación de violación de derechos. Es muy importante entender de qué se trata este procedimiento y cómo podemos actuar para proteger nuestros derechos esenciales de lo laboral.
Contenido del artículo:
- ¿De qué se trata el trámite de tutela laboral?
- ¿Quiénes pueden tramitar este procedimiento?
- ¿La tutela laboral se aplica a los funcionarios públicos?
- ¿Cuáles son los derechos esenciales de los empleados bajo la tutela laboral?
- ¿Cómo saber si las garantías han sido vulneradas laboralmente?
- ¿Qué pasa con los actos de discriminación dentro de la municipalidad?
- ¿Cuál es el procedimiento general de aplicación?
- Dónde tramitar este procedimiento
En este artículo te ayudaremos a comprender cuáles son las garantías que ofrece y quiénes pueden aplicar este recurso. Si sientes que se están vulnerando tus derechos dentro de la municipalidad no dejes de leer esta información.
Estas 6 preguntas te ayudarán a entender la tutela laboral de los funcionarios públicos:
¿De qué se trata el trámite de tutela laboral?
Es un procedimiento legal que se encuentra reglamentado dentro del Código de Trabajo y que se tramita dentro del derecho laboral. Este será aplicado a aquellos asuntos provenientes de las relaciones laborales, en este caso le daremos un tratamiento específico al ámbito municipal.
La tutela laboral tiene como propósito proteger los derechos fundamentales de los trabajadores públicos cuando estos se vean vulnerados. Dentro de las garantías que ofrece este procedimiento se encuentran el derecho al honor, la intimidad o la libertad de expresión.
¿Quiénes pueden tramitar este procedimiento?
La tramitación de este procedimiento puede realizarlo cualquier empleado que se vea afectado por conductas de parte de compañeros o superiores que afecten sus derechos.
¿La tutela laboral se aplica a los funcionarios públicos?
La respuesta es sí, aunque esto no fue así desde un principio. Durante el año 2020 se promulgó una modificación legal donde se incluye expresamente a los funcionarios públicos. Gracias a esto, la tutela laboral es aplicada a los funcionarios de la Administración Pública tanto centralizada como descentralizada.
Además, se aplica a los trabajadores del Consejo Nacional y Poder Judicial, empleados de organismos o empresas públicas. Incluyendo aquellas instituciones donde el Estado tenga participación, aportes o representación.
Los empleados de la Fiscalía, el Tribunal Constitucional, Servicio Electoral y sus entes de justicia. La Contraloría General de la República y el Banco Central podrán gozar de este beneficio de tutela laboral de los funcionarios públicos. A lo anterior se le suman los órganos públicos de naturaleza autónoma.
¿Cuáles son los derechos esenciales de los empleados bajo la tutela laboral?
En este apartado te daremos una lista de aquellos derechos que se encuentran amparados por el Código del Trabajo y la Constitución:
- El respeto y resguardo a la honra del trabajador y su familia además de su vida privada. Esto incluye la salvaguarda de sus datos personales relacionados a la invulnerabilidad de las comunicaciones privadas.
- Legítimo derecho a la vida, así como a la integridad física y psicológica. Cuando el detrimento de estos derechos ocurra como resultado directo de acciones dentro de la relación laboral.
- La independencia de conciencia, la libre expresión de las creencias y el franco ejercicio de todos los cultos. Siempre que no falten a la moral, al orden público o a las buenas costumbres.
- La inmunidad del hogar y de cualquier clase de comunicación privada específicamente a lo relativo de la comunicación privada.
- Libertad para expresar opinión e informar sin previa censura de ningún tipo y ningún medio.
- Autonomía de trabajo relacionada a la libre elección y el desempeño de tareas que no tengan impedimento jurídico. Asimismo, señala la libertad de asociación cuando el empleador viole esos derechos.
¿Cómo saber si las garantías han sido vulneradas laboralmente?
Se entiende como vulneración o violación de los derechos en lo laboral cuando el empleador limita el pleno ejercicio de las facultades que la ley ampara. Estas acciones por parte del empleador deben ser ejecutadas de forma arbitraria, injusta y sin justificación aparente.
¿Qué pasa con los actos de discriminación dentro de la municipalidad?
Los actos de discriminación dentro del ámbito público también son causales para iniciar un proceso de tutela laboral de los funcionarios públicos. La tutela laboral resguarda el derecho a no ser discriminado por razones de color, sexo, raza, estado civil, edad, religión, nacionalidad y en materia de gratificaciones.
Por lo que si te encuentras en esta situación tendrás todo el derecho de tramitar dicho procedimiento para restablecer el imperio del derecho.
Sujeto activo
- Cualquier empleado o asociación de funcionarios que invoca un legítimo interés.
- El empleado con legítimo interés y que considere vulnerados sus derechos esenciales.
- La asociación de funcionarios del que forme parte el empleado agraviado actuando como parte fundamental.
- La Inspección del Trabajo, siempre y cuando denuncie en cuanto conozca del caso y previa mediación. También podrá formar parte principal en las causas conocidas y siempre deberá emitir un informe sobre el asunto.
- El empleador, cuando se trate de prácticas contrarias al Estatuto Administrativo.
Sujeto pasivo
- El empleador que ha vulnerado los derechos del funcionario municipal.
¿Cuál es el procedimiento general de aplicación?
- Denuncia escrita anexando los antecedentes del hecho.
- Para eventuales excepciones se requerirá una respuesta escrita.
- Se pueden suspender los resultados del acto impugnado.
- Audiencia preparatoria y de juicio.
- Sentencia el día de la audiencia o dentro de los 10 días siguientes.
- Recurso de nulidad.
- Acción de Unificación de Jurisprudencia.
Denuncia
Para que la denuncia proceda deberá contener toda la información más precisa sobre los hechos que llevaron a la vulneración de los derechos. Además, se deben indicar específicamente las garantías vulneradas. El plazo para presentar la denuncia es de 60 días corridos a partir de la vulneración
Con ocasión de despido
Esta acción es única y exclusivamente responsabilidad del empleado. En este caso el plazo establecido es de 60 días hábiles desde el conocimiento de la vulneración. El Juez ordenará la compensación establecida por la ley, además, fijará entre 6 y 11 meses de remuneración.
Suspensión efectos del acto impugnado
- En la primera resolución o cualquier momento, puede ser de oficio o a petición.
- Deberá surgir de los antecedentes que acompañan el proceso, con especial gravedad o que produzca daños irreparables.
- No proceden recurso.
Pruebas indiciarias
Las pruebas presentadas deben contener indicios suficientes sobre la violación de derechos denunciada. El empleador deberá explicar las bases para tales actos y la proporcionalidad de estas.
¿Cómo se da la sentencia?
La sentencia ante un procedimiento de tutela laboral de los funcionarios públicos se da en la propia audiencia o dentro de los 10 días siguientes. Puede haber existencia o ausencia de lesiones. También habrá indicación de las medidas aplicadas al infractor y estas pueden ser multas.
Dónde tramitar este procedimiento
Vía administrativa
El empleado afectado deberá recurrir ante la Inspección del Trabajo con su documento de identidad junto con pruebas fehacientes que puedan comprobar los hechos. Si la denuncia cumple con las condiciones y los requisitos que permitan su admisibilidad se informará sobre el procedimiento que aplica para el caso.
La Inspección ordenará una o varias auditorías de acuerdo con el caso y si de la investigación realizada existen suficientes indicios de vulneración. Luego se citarán a las partes involucradas para una mediación que permita restablecer el imperio del derecho.
¿Qué pasa con la vía judicial?
Si quieres comenzar el trámite por vía judicial deberás apersonarte ante los Tribunales de Justicia y la denuncia deberá presentarse con los requisitos anteriormente mencionados. El plazo de presentación por esta vía no deberá superar los 90 días hábiles desde el momento de la violación de los derechos.
